14/07/2020
El Gobierno ha aprobado, mediante el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio de, una prórroga de tres meses de los certificados de inspección técnica de vehículos cuyo vencimiento se haya producido entre el día 21 de junio, fecha en la que finalizó el estado de alarma en España, y el 31 de agosto. Se trata de evitar el colapso de las estaciones de ITV.
El artículo 29 del citado Real Decreto establece que “El plazo de validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección estuviera comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020 y no se hubiera realizado la correspondiente inspección técnica periódica en la fecha de entrada en vigor del presente decreto ley se prorrogará tres meses, a contar desde la fecha de vencimiento del certificado.
Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de la anterior prórroga, a los efectos del cómputo de la fecha hasta la que es válida la inspección en las tarjetas ITV se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, el período de prórroga”.
Mientras esté vigente la prórroga de estos tres meses, las empresas de transporte público de mercancías y de viajeros titulares de una licencia comunitaria tendrán preferencia en el paso por la inspección técnica periódica en las estaciones ITV.
Recuerda qué si la ITV te caducó durante el estado de alarma, estas son las fechas límite para pasarla: https://www.dvuelta.es/index.php/actualidad/blog/57-como-calculo-la-fecha-en-la-que-tengo-que-pasar-la-itv-tras-el-estado-de-alarma
Multas por no pasar la ITV
La multa por tener la ITV caducada conlleva una multa de 200 €.