15/10/2024, Autopista, Jordi Moral
La Ordenanza Municipal de Madrid 360, que a partir del próximo 1 de enero de 2025 prohibirá definitivamente circular por la capital a todos los vehículos sin etiqueta de la DGT, es decir a los clasificados como A por su antigüedad y emisiones contaminantes, estén o no censados en la propia ciudad, sigue siendo fuente de polémica. Si hace solo unos días el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló provisionalmente la Zona de Bajas Emisiones de la capital al considerar que se daba “una patente insuficiencia del informe de impacto económico”, ahora Dvuelta la considera también discriminatoria y pide su prórroga.
En concreto, la entidad dedicada a la defensa de los automovilistas ha solicitado directamente este pasado lunes 14 de octubre mediante un escrito oficial que el Defensor del Pueblo actúe para instar al Ayuntamiento a que prorrogue todos los aspectos que prohibirán desde el 1 de enero la circulación de todos los coches diésel anteriores a 2006 y los gasolina previos al 2000.
La nueva regulación, que afectará a decenas de miles de propietarios de vehículos en Madrid sin etiqueta medioambiental, “obliga ya a sus propietarios a vender o achatarrar los vehículos y a afrontar el enorme gasto de adquisición de un coche nuevo”, según denuncia Dvuelta. La entidad asegura que precisamente estos conductores son los de menor poder adquisitivo y los que menos pueden afrontar esta sustitución “obligatoria” de sus coches si quieren seguir circulando por las calles de su ciudad.
Dvuelta considera que la normativa de Madrid vulnera el principio de igualdad
En el escrito ya remitido, Dvuelta advierte textuatlmente al Defensor del Pueblo de que la nueva normativa de Madrid por tanto “podría afectar de manera desproporcionada a aquellos ciudadanos con menor capacidad económica, los cuales se verán obligados a adquirir vehículos nuevos o a adaptarlos para cumplir con la regulación, lo que no todos pueden permitirse”.
La entidad de ayuda a los conductores también recuerda al Defensor del Pueblo que “desde el punto de vista jurídico, la Constitución Española, en su artículo 14, establece el derecho a la igualdad y prohíbe cualquier forma de discriminación. Asimismo, el artículo 9.2 de la misma Constitución garantiza el derecho a la protección de los ciudadanos por parte de los poderes públicos”. En este sentido, Dvuelta asegura que la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones puede interpretarse ahora por tanto como una medida que, “aunque con buenas intenciones medioambientales, no tiene en cuenta las desigualdades sociales existentes, lo que podría resultar en una vulneración del principio de igualdad”.
Así, Dvuelta asegura que “tras repasar abundante doctrina y jurisprudencia al respecto”, y con el aval de la reciente sentencia del TJSM que anula varios preceptos de la normativa del Ayuntamiento de Madrid, el Consistorio debe “replantearse la entrada en vigor de esa parte de la Ordenanza” y pide ya la actuación final del Defensor del Pueblo para que se prorrogue al menos la medida “permitiendo que se realicen las adecuaciones necesarias y se disponga de un tiempo suficiente para la adaptación”. Según el escrito de Dvuelta, “esto asegurará que todos los ciudadanos tengan la oportunidad de cumplir con la normativa sin verse perjudicados por su situación económica”.