19/05/2020
El pasado 6 de abril 2020 se dictó la Orden SND/325/2020, por la que se establecieron criterios interpretativos y se prorrogó la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica, la cual estableció la prórroga automática de los certificados de inspección técnica de vehículos hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.
Ahora el Gobierno ha ampliado la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica periódica (ITV) de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida durante el estado de alarma. La Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, amplia de modo escalonado la prórroga automática establecida en la SND/325/2020, de 6 de abril, y adopta medidas en relación con la cumplimentación de las tarjetas ITV. La Orden amplia de modo escalonado esa validez en 15 días por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta el vencimiento del certificado.
Dicha orden ha entrado en vigor el pasado 16 de mayo de 2020, coincidiendo con el día de su publicación.
¿Cuál es el plazo de validez del certificado de inspección técnica periódica de los vehículos?
El plazo de validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida en el periodo de vigencia del estado de alarma, previsto en el apartado primero de la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica, se amplía en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado:
- Si la fecha de inspección inicial era del 14 al 20 de marzo (primera semana del estado de alarma) se aplicará un periodo de prórroga (días naturales) de 30 días más 15 días adicionales.
- Si la fecha de inspección inicial era del 21 al 27 de marzo (segunda semana del estado de alarma) se aplicará un periodo de prórroga (días naturales) de 30 días más dos periodos de 15 días adicionales.
- Si la fecha de inspección inicial era del 28 de marzo al 3 de abril (tercera semana del estado de alarma) se aplicará un periodo de prórroga (días naturales) de 30 días más tres periodos de 15 días adicionales.
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Los anteriores periodos no se aplicarán a la validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo, que será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.
¿Cuál será la fecha de referencia para computar la validez de las tarjetas ITV y de los certificados de inspección?
Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, para la cumplimentación de la fecha hasta la que es válida la inspección en las tarjetas ITV y los certificados de inspección técnica de los vehículos, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas. Independientemente de la fecha en la que pase ahora la ITV se pondrán el día en el que debió pasar la inspección.
Las estaciones de la ITV han abierto este lunes en toda España, incluidas aquellas situadas en provincias o territorios que aún se mantienen en fase 0. Las únicas limitaciones son la reducción del aforo al 30% y la reserva de hora, punto fundamental para evitar aglomeraciones. No se puede acudir sin cita previa. Todas las estaciones de ITV han implementado medidas que permiten cumplir con los requisitos en materia de sanidad y protección y prevención laboral establecidos por los diferentes Ministerios para evitar la posible propagación del COVID19 adaptando todos los procesos afectados, como la entrada de vehículos, la recepción de documentación, la circulación de personas, etc.
AECA-ITV calcula que cuando finalice la situación excepcional que vive España serán cerca de cinco millones las inspecciones que dejarán de estar en vigor.
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